Regreso a Página PrincipalRegresar a página de Area
Mercadeo y Comercialización
Ayuda de usoDescargar información

RANKING DE COMPETITIVIDAD

Tema
SubTema
Item

El reporte de competitividad, se viene realizando desde hace 26 años por el World Economic Forum, su publicación intenta explicar las diferencias de desarrollo entre los países través de las ventajas competitivas, dándole una mayor aceptación entre los inversionistas extranjeros.
El rango de competitividad se define tomando en consideración una serie de factores, políticas e instituciones que determina el nivel de productividad de un economía que en consecuencia condiciona el grado de competitividad al que pueda acceder.



Click para agrandar
Ranking De Competitividad


COMO SE MIDE LA COMPETITIVIDAD
Índice de Competitividad para el Crecimiento

El GCI se descompone en tres índices menores: tecnología, ambiente macroeconómico e instituciones públicas; éstos, a su vez, en subíndices, que son calculados a partir de "datos duros" y "datos de encuesta". Tanto las respuestas a la encuesta de opinión entre ejecutivos como los datos duros se convierten a una escala de 1 a 7.

Los países se dividen en dos categorías: innovadores centrales -con 15 patentes de invención registradas en EEUU por cada millón de habitantes- y el resto. En el caso de los primeros, el GCI pone un énfasis especial en el rol de la innovación y la tecnología: asigna un peso de 50% al subíndice de tecnología y de 25% a cada uno de los otros dos subíndices. Para el resto de las naciones el GCI se calcula dando el mismo peso (1/3) a cada subíndice.

I) Tecnología: Para los países Innovadores Centrales los subíndices son Innovación; Tecnologías de la Información y la Comunicación, con un peso de 50% para cada uno. En el resto de los países, se agrega Transferencia de Tecnología y los pesos son: Innovación, 1/8; Transferencia de Tecnología, 3/8; Tecnologías de la Información y la Comunicación, 1/2.

II) Ambiente Macroeconómico: Los subíndices son: Estabilidad macroeconómica (peso de 1/2), Calificación Crediticia (1/4), Despilfarro del Gasto del Gobierno (1/4). Este último reemplazó a partir del informe 2003-2004 a la variable anterior: Gasto del Gobierno como porcentaje del PBI. El despilfarro se midió a través de tres preguntas en la encuesta de opinión: 1) "En su país, los subsidios del gobierno a las empresas ¿mantienen vivas artificialmente industrias no competitivas o mejoran la competitividad de la industria?"; 2) "En su país, ¿cuán común es la desviación de fondos públicos a empresas, individuos o grupos debido a la corrupción?"; 3) "¿Cuán alta es la confianza pública en la honestidad financiera de los políticos?".

III) Instituciones Públicas: Los subíndices -que tienen el mismo peso- miden cómo perciben los ejecutivos el respeto por los Contratos y Ley, por un lado, y la Corrupción, por otro.

El índice de competitividad se calcula con base en tres subíndices: de tecnología, de instituciones públicas y ambiente macroeconómico.
Índice de Tecnología: se maneja sobre tres subíndices:
Innovación,Tecnología de la información y comunicaciones,Transferencia de la tecnología.

En estos existió en mejoramiento relativo. Entre sus componentes positivos se destaca: gastos de las compañías en investigaciones y desarrollo, colaboración de las universidades y empresas a la investigación y acceso a Internet en las escuelas.
Índice de Ambiente macroeconómico: se manejan tres subíndices:

- estabilidad macroeconómica,
Gasto no eficiente del gobierno
Calificación y crédito.
Como ventajas competitivas resaltaron acceso al crédito, déficit fiscal y tasa de cambio real.

Índice de Instituciones Públicas: Se manejan dos subíndices:
Contratos, leyes,
Corrupción.
Estos subíndices presentaron un comportamiento positivo.

Click para agrandar
Click para agrandar
Factores problemáticos para hacer negocios en Colombia
Factores y Subfactores de Competitividad


ESTÍMULO A LA INVERSIÓN EN COLOMBIA LEY 963 DE 2005
La nueva ley estipula que tanto los inversionistas nacionales como los extranjeros pueden firmar un contrato con la Nación y acordar que las normas legales específicas que son esenciales para su inversión sean protegidas de cambios de la legislación existente. Si estos cambios tienen un efecto en detrimento de la inversión, el inversionista tiene el derecho de aplicar las normas anteriores durante la vigencia del contrato.

El contrato puede ser por un termino mínimo de 3 años y máximo de 20 años, durante los cuales el inversionista debe pagar al Ministerio de Hacienda y Crédito Publico una prima equivalente al 1% del valor de la inversión realizada cada año, o del 0.5% si la inversión es realizada durante una etapa no productiva.

¿Quien se beneficiara de la legislación?

La nueva ley resulta aplicable tanto a los inversionistas nacionales y extranjeros que realicen nuevas inversiones o amplíen las inversiones existentes en montos iguales o superiores a 7,500 veces el salario mínimo legal (aproximadamente US$ 1.217.500). Aunque no existe una definición de lo que constituye inversión, los beneficios se aplicaran a las inversiones en las siguientes actividades: turísticas, industriales, agrícolas, de exportación agroforestales, mineras, de zonas procesadoras de exportación; zonas libres comerciales y de petróleo, telecomunicaciones, construcciones, desarrollos portuarios y férreos, de generación de energía eléctrica, proyectos de irrigación y uso eficiente de recursos hídricos, así como todas las actividades aprobadas por un comité entablado para aprobar estos contratos. La inversión de portafolio esta excluida específicamente de los beneficios previstos en la Ley 963.

¿Como se obtiene el beneficio?

El inversionista debe diligenciar una solicitud ante un comité intergubernamental para su consideración. El comité considerará la solicitud bajo la luz de los parámetros establecidos por el Plan Nacional de Desarrollo y el Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES). Dicho comité tiene un plazo de 4 meses desde la solicitud del inversionista para aprobar y firmar el contrato o dar las razones por las cuales la solicitud no cumple con los criterios exigidos por la Ley 963.

La solicitud debe ir acompañada por un estudio que demuestre el origen de los fondos que serán utilizados para llevar acabo la inversión, una descripción precisa de la actividad, junto con los estudios de viabilidad, planos técnicos y detalles del número de trabajos que se espera crear. Una vez aprobados, los contratos deben ser registrados ante el Departamento Nacional de Planeación.